DECRETO 226/2017, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se establece el régimen jurídico para el desarrollo de las actividades de turismo activo.
Según el citado Decreto los Centros de Buceo se consideran Empresas de Turismo Activo, por lo que están obligados a cumplir la Normativa que rige a dichas empresas. En Dive & Travel Solutions te asesoramos en este sentido, y te proporcionamos los Seguros Obligatorios que se ajustan exactamente a las exigencias de la Normativa.
Entre los diferentes requisitos establecidos en el Decreto, se establece la obligación de disponer de un Seguro Colectivo de Accidentes a nombre del Centro de Buceo que ampare a sus clientes, y que cubra los gastos médicos por Accidente, los gastos de Búsqueda y los gastos de Rescate con un capital mínimo de 12.000€.
Para abrir un Centro de Buceo es obligatorio contar con un seguro de Responsabilidad Civil que ampare, entre otras cosas, la Responsabilidad Profesional y de Explotación de la empresa y de sus trabajadores.
En Dive & Travel Solutions te ofrecemos seguros de RC adaptados a la realidad de tu negocio: Algunas certificadoras pueden exigirte un capital específico de Responsabilidad Civil para formar parte de su organización. Otras certificadoras no exigen un capital mínimo, y es suficiente con cumplir con la Ley vigente en tu Comunidad Autónoma. Tenemos los seguros que se adaptan a tus necesidades.
Todos tus alumnos bien asegurados, con nuestra Tarifa Plana para Cursos y Bautizos de buceo.
Tal y como indica la Ley, toda persona que se someta a un medio hiperbárico debe estar en posesión de un seguro de accidentes que le proteja frente a cualquier eventualidad que pudiera sucederle mientras practica la actividad.